85 grandes propietarios han sido sancionados por la Generalitat al no ofrecer un alquiler social a las familias vulnerables que no pueden pagar, pero en este ámbito en Cataluña, la legislación y su aplicación es compleja. Por ejemplo, también estaba la obligación de ofrecer un alquiler social antes de deshauciar que incluía a personas que hubiesen ocupado su vivienda en los seis meses anteriores, sin embargo, esta normativa fue anulada por el alto tribunal en el mes de enero. Es por este motivo que se ha deshauciado a 18 familias ( unas 70 personas de las cuales 25 son menores) que vivían en un inmueble propiedad de Solvia ( antigua agencia del Banco Sabadell) en el barrio de Sant Roc de Badalona. El propietario no ha negociado un alquiler social a pesar de que 15 de estas familias tienen un certificado que acredita su situación de vulnerabilidad, por lo que no están protegidas al haber ocupado los pisos, puesto que el decreto está anulado.

Los afectados pedían un aplazamiento del deshaucio, pero finalmente ha sido ejecutado, serán realojados lo antes posible, según el Ayuntamiento mientras esperan un piso de emergencia habitacional. (sólo en este tiempo han sido ejecutados 2.624 deshaucios).

La Agencia Catalana de Consumo ha detectado 85 infracciones a partir del levantamiento de la suspensión. Seis de estos expedientes se han resuleto como infracción grave con multas de 25.000 euros cada uno. Los activictas por los derechos a la vivienda dicen que la aplicación de la ley en los juzgados es muy relativa, ya que la mayoría de jueces entiende que se trata de una ley administrativa, y por tanto la administración puede sancionar a un propietario que no ha ofrecido alquiler social, pero que la justicia no está obligada a parar un deshaucio si se da el caso.

fuente: elpais.com

03 de Diciembre del 2021

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